Golpe a las fotomultas: solo el conductor que sea identificado paga.
La Corte Constitucional acaba de tumbar una norma del Código de Policía que obligaba que los dueños de los vehículos respondieran solidariamente por infracciones de tránsito. Desde ahora se deberá demostrar quién conducía el carro para poder emitir la sanción.
La Corte Constitucional acaba de propinarle un golpe mortal al sistema de fotomultas en Colombia. Al revisar varias normas del Código de Policía, los magistrados de este alto tribunal tumbaron una disposición que prácticamente achacaba la responsabilidad de una infracción de tránsito al dueño de un vehículo, incluso, si este no iba conduciendo.
El magistrado Alejandro Linares, ponente de la decisión, explicó que la aplicación de esta norma resultaba ambigua y atentaba contra el principio de «personalidad de las sanciones», es decir, que no se puede sancionar a quien no ha cometido una falta directamente.
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